El Consejo de Europa: «TEDH todavía da crédito a los ‘remedios’ creados por el Gobierno turco para las víctimas de la caza de brujas»


Evin Barış Altıntaş, Veysel Ok, Christos Giakoumopoulos y Daniel Höltgen del CdE

Una declaración del Consejo de Europa (CdE) ha revelado que el CdE y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) siguen dando crédito a recursos como la Comisión de Investigación del Estado de Emergencia (Comisión de OHAL) y el derecho de las víctimas de una caza de brujas tras el golpe de Estado en Turquía a presentar recursos individuales ante el Tribunal Constitucional turco (AYM) en busca de una solución a sus reclamaciones.

Después de que las víctimas de la masiva caza de brujas tras el golpe de Estado contra presuntos miembros del movimiento Gülen comenzaron a apelar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), el gobierno del Partido de la Justicia y el Desarrollo (AKP) del presidente turco Recep Tayyip Erdogan decidió establecer la Comisión OHAL el 23 de enero de 2017 como mecanismo provisional supuestamente para reducir las quejas derivadas del despido de unos 150.000 funcionarios públicos de sus puestos de trabajo.

El CdE emitió una declaración el miércoles tras un intercambio de puntos de vista entre Christos Giakoumopoulos, Director General del CdE para los Derechos Humanos y el Estado de Derecho, el presidente de la Asociación Turca de Medios de Comunicación y Estudios Jurídicos (MLSA), Evin Barış Altıntaş y el picepresidente Veysel Ok.

Refiriéndose a las decisiones del Tribunal Constitucional y la Comisión de OHAL, el CdE declaró que “sigue existiendo la presunción de que la mayoría de los casos derivados de las medidas de emergencia posteriores al golpe serán objeto de algún tipo de revisión a nivel nacional. El tiempo que se tarde en hacer efectiva esa revisión seguirá siendo un elemento para considerar si se trata de un recurso efectivo, en particular para las personas en detención preventiva. En esta fase, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reconocido que la duración del examen por parte del Tribunal Constitucional no fue ‘rápida’, sino aceptable en las circunstancias excepcionales de la enorme afluencia de casos tras la declaración del estado de emergencia».

“La desestimación por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de un volumen considerable de solicitudes de no agotamiento de los recursos internos es la simple aplicación de un criterio crítico de admisibilidad del Convenio, piedra angular de la subsidiariedad. Sin embargo, esto no significa que se hayan resuelto los problemas subyacentes. Es vital que los tribunales turcos estén en condiciones de cumplir la función del Convenio como garantes primarios del Estado de Derecho y de los derechos fundamentales en su totalidad”, dijo la declaración.

Teniendo en cuenta las diversas medidas adoptadas en virtud de la legislación sobre el estado de emergencia tras un controvertido intento de golpe de Estado el 15 de julio de 2016, la declaración dice que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos recibió más de 33.000 solicitudes. “La mayoría de ellos son funcionarios públicos (más de 30.000, incluidos 250 jueces). 2.000 se referían a la detención (incluyen a 380 jueces) y el resto se referían a diferentes cuestiones”, dijo la declaración.

“Esto debe verse en el contexto general de 130.000 funcionarios públicos despedidos y 50.000 personas en detención preventiva. El Tribunal Constitucional turco recibió unas 80.000 solicitudes individuales, pero desestimó 75.000 de ellas. Los 5.000 casos restantes pendientes ante el Tribunal Constitucional se refieren a la supuesta detención ilegal y/o a la duración excesiva de la detención de personas”, añadió.

En cuanto a la situación actual, cabe señalar que el número de casos que llegan al Tribunal Europeo de Derechos Humanos cada día ha disminuido considerablemente (entre 30 y 40 solicitudes por semana, frente a las 1.000 y 1.500 inmediatamente después del golpe).

A pesar de que el Tribunal Constitucional ha rechazado más de 5.000 solicitudes relativas a la detención de funcionarios y magistrados desde diciembre de 2017, la declaración del CdE subrayaba que “el TEDH consideró la eficacia de los procedimientos ante el Tribunal Constitucional con respecto a la detención en los casos de dos periodistas Şahin Alpay (16538/17, 20 de marzo de 2018) y Mehmet Hasan Altan (nº 13237/17, 20 de marzo de 2018)). El TEDH confirmó su conclusión anterior en el caso Mercan de que el Tribunal Constitucional ofrecía efectivamente un recurso efectivo”.

La declaración también dijo que “Sin embargo, dado el lapso de tiempo y el número de casos pendientes ante el Tribunal Constitucional, se están comunicando al gobierno varios casos de prueba con miras a examinar todas las cuestiones jurídicas planteadas en los casos de detención”.

“Además, el TEDH se reservó el derecho de examinar la eficacia del sistema de recursos individuales ante el Tribunal Constitucional en relación con las solicitudes presentadas en virtud del artículo 5 de la Convención, especialmente en vista de cualquier evolución posterior de la jurisprudencia de los tribunales de primera instancia, en particular los tribunales de primera instancia, en relación con la autoridad de las sentencias del Tribunal Constitucional. A este respecto, correspondería al Gobierno demostrar que este recurso es eficaz, tanto en la teoría como en la práctica. Las decisiones de los tribunales de enjuiciamiento por delitos graves plantearon serias dudas sobre la eficacia del recurso (Altan en § 142)”, dijo la declaración.

El CdE dijo: “En la actualidad hay más de 1.600 casos pendientes en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos relativos a la detención prolongada de jueces (más de 450) y funcionarios públicos (aproximadamente 1.150). El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha comunicado al gobierno siete de los llamados casos ‘principales’ o de prueba”, y ha añadido: “13 solicitudes relativas a la detención prolongada de periodistas han sido comunicadas al gobierno. Como se ha señalado anteriormente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ya ha dictado dos sentencias (Altan y Alpay) tras las sentencias del Tribunal Constitucional turco que declararon violaciones del derecho a la libertad y la seguridad y de la libertad de expresión. Hay 11 solicitudes pendientes ante el TEDH”.

La declaración del CdE también mostró que hay 15 solicitudes relativas a la detención prolongada de miembros del Parlamento pendientes en el TEDH, 13 de las cuales han sido comunicadas al gobierno. El TEDH ha comunicado al gobierno dos solicitudes de huelga de hambre. También hay 97 solicitudes pendientes en el TEDH relativas a la revocación de profesores universitarios que firmaron una declaración en la que criticaban los actos del gobierno. Ninguno de ellos ha sido aún comunicado al gobierno.

La declaración reveló que “De los 1.600 casos de detención de funcionarios y jueces pendientes ante el TEDH, según la información facilitada por los solicitantes, 100 de los detenidos en cuestión han sido puestos en libertad bajo fianza. De los 23 periodistas detenidos que presentaron 13 solicitudes (una de ellas fue presentada por un grupo de diez solicitantes), 19 han sido puestos en libertad”, y continuó: “Hay otros casos de periodistas detenidos antes del golpe de Estado de 2016. Los parlamentarios detenidos han presentado 15 solicitudes. Sólo dos de ellos han sido liberados. Dos profesores, Nuriye Gulmen y Semih Ozakça, que se declararon en huelga de hambre tras ser despedidos de sus puestos de trabajo por un decreto del estado de emergencia y detenidos, fueron puestos en libertad y cesaron su huelga de hambre”.

Recordando que “según la información de que dispone el Consejo de Europa, se presentaron unas 102.000 solicitudes ante la Comisión ad hoc (de OHAL)”, declaró el CdE: “La Comisión ha examinado hasta ahora 17.000 solicitudes y reintegrado a 660 funcionarios públicos. También acaba de empezar a examinar las solicitudes de asociaciones que fueron cerradas y decidió reabrir seis de ellas. Estas son las primeras decisiones que afectan a las asociaciones. Aún quedan 91.905 solicitudes por examinar”.

El CdE concluyó: “Desde el punto de vista del Convenio, la situación posterior al golpe de Estado en Turquía no tiene precedentes, tanto por la magnitud de las medidas adoptadas en respuesta al golpe de Estado como por el volumen de solicitudes que llegan a Estrasburgo. La situación planteaba problemas especiales de carácter jurídico y, habida cuenta del gran número de casos, de carácter práctico. Inicialmente, la principal cuestión jurídica era en qué medida existían recursos efectivos en Turquía, que, por lo tanto, tendrían que agotarse antes de que las solicitudes pudieran examinarse en cuanto al fondo”.

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